La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este martes 29 de septiembre que el Congreso de Chihuahua deberá armonizar su legislación con la Constitución federal en materia de nepotismo electoral e incluir la injerencia extranjera como causa de nulidad de una elección.
El Pleno de la SCJN también validó que los comicios puedan anularse cuando se acrediten hechos de delincuencia permanente o sistemática que hayan influido en el proceso electoral. Para ello, las conductas deben ser graves, dolosas y determinantes para el resultado.
La resolución de la SCJN correspondió a la acción de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas 97, 99 y 103/2026, que cuestionaron modificaciones a la Constitución local, la Ley Electoral de Chihuahua y el Código Municipal incluidas en los decretos 557 y 558 de ese año.
Suprema Corte descarta castigos por delitos cometidos por terceros
La SCJN invalidó las disposiciones que permitían sancionar a personas aspirantes, precandidatas o candidatas por actos ilícitos cometidos por terceros. El criterio del tribunal estableció que nadie puede ser responsabilizado por conductas ajenas.
También anuló la pérdida automática del derecho a ser registrada como candidata o la cancelación de un registro. La autoridad electoral deberá revisar las circunstancias particulares de cada asunto para imponer una sanción proporcional. De acuerdo con un tuit de la SCJN.
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