La Corte Suprema de Justicia ordenó al Hospital Universitario de Sincelejo (HUS) adoptar medidas de protección con enfoque de género para María Carolina Ruiz Martínez, ingeniera biomédica que denunció al gerente de la institución, Ezequiel Díaz Navarro, por presunto acoso sexual y acto sexual abusivo.
El fallo de segunda instancia, conocido por El Tiempo, amparó los derechos de Ruiz Martínez a la salud, la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación y el trabajo en condiciones dignas. El alto tribunal concluyó que el hospital no actuó con la debida diligencia ante las solicitudes de protección de la trabajadora.
La Corte ordenó definir una medida de protección en 48 horas
El HUS deberá disponer, dentro de las 48 horas posteriores a la notificación, una medida concreta para proteger a la ingeniera y evitar contactos laborales innecesarios con el gerente.
La Corte indicó que el hospital “deberá valorar de manera concreta y motivada la viabilidad del teletrabajo total o parcial, el trabajo en casa, la reubicación en otra área o sede, los ajustes en la organización del servicio o cualquier otra alternativa idónea de protección”, señaló el documento.
También ordenó una valoración médico-laboral actualizada, que deberá gestionarse en los cinco días hábiles siguientes, para establecer las condiciones en las que Ruiz Martínez continuará sus labores.
La ingeniera denunció hechos ocurridos desde enero de 2025
Ruiz Martínez afirmó que el comportamiento del gerente cambió tras la finalización de una relación sentimental en enero de 2025. La denunciante sostuvo que recibió comentarios sobre su apariencia y relató un episodio que habría ocurrido durante una reunión en la oficina del funcionario.
“Me quedé paralizada y después me levanté para irme, pero la puerta estaba cerrada”, aseguró la ingeniera. Según su versión, el gerente le pidió que se despidiera “bien”, la abrazó e intentó besarla.
Ruiz Martínez afirmó que los hechos afectaron su salud mental y que recibió atención psicológica y psiquiátrica por ansiedad, estrés y depresión.
El HUS había negado solicitudes de traslado o trabajo remoto
Los abogados Gustavo Martínez y Maura Madera solicitaron que la profesional pudiera trabajar de forma remota o fuera reubicada en la Unidad Materno Infantil, para evitar encuentros con el funcionario mientras avanzaban las denuncias ante la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación.
El HUS negó las solicitudes y argumentó la presunción de inocencia de Díaz Navarro. Tras el fin de una incapacidad médica, la institución pidió a Ruiz Martínez que regresara a sus funciones y luego inició una actuación administrativa por un presunto abandono del cargo.
La defensa de la trabajadora presentó una tutela. El Tribunal Superior de Sincelejo ordenó inicialmente su reubicación, y el caso llegó a la Corte Suprema tras las impugnaciones.
El alto tribunal aclaró que la responsabilidad penal, disciplinaria o administrativa del gerente deberá ser establecida por las autoridades competentes en los procesos correspondientes.










